Personas interesadas en montar un banco del tiempo: Ayuntamiento, instituciones públicas locales, organismos de igualdad, etc.
1.- Constitución formal del banco del tiempo.
• Se le conoce con el nombre de acto constitutivo.
• Se necesita compromiso del gobierno de la corporación municipal, del gobierno autonómico o la elaboración de la orden de ámbito comunitario o municipal, en su caso.
• Definición de la financiación: Presupuestos, cesión de espacios, de infraestructuras, etc.
2.- Identificación y constitución del grupo de gestión. Algún miembro de la entidad pública en colaboración con personas miembros de la asociación.
3.- Redacción de los Estatutos
Los Estatutos recogen los objetivos del banco, su sede social, quien compone la asociación, los órganos de gobierno, los recursos y fuentes de financiamiento y quien ostenta la representación del banco.
4.- Inicio de las actividades
El grupo promotor gestor debe iniciar las tareas necesarias previas para dar a conocer el banco en el entorno y, favorecer así, las actividades básicas para su puesta en marcha.
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